lunes 16 de junio de 2025 - Edición Nº2385

Data | 12 ago 2024

Boletín oficial

Los contratos de alquiler ya no deben ser registrados en AFIP

El organismo eliminó la obligación de que los propietarios inscriban sus alquileres.


TAGS: AFIP, ALQUILER

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales destinados a vivienda. Esto tiene como objetivo reducir la carga administrativa y burocrática de los contribuyentes.

 

"La medida busca contribuir a la constitución de un Estado Nacional que actúe en beneficio del ciudadano, promoviendo la simplificación y la eficiencia en la prestación de servicios públicos", especificaron las autoridades al respecto.

Por su parte, quienes quieran mantener las ventajas fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias, sobre Bienes Personales y sobre Ganancias, tienen que registrar dichos contratos de alquiler en "Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI".

 

El trámite tiene un plazo máximo hasta el 30 de septiembre de 2024, o dentro de los 15 días corridos siguientes a la firma del contrato: "En el caso de renovaciones de contratos de locación, el mencionado servicio permitirá registrar la nueva transacción informática visualizando todos los datos e información correspondiente al contrato finalizado, pudiendo editar y modificar aquellos que hayan sufrido alguna variación".

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