lunes 09 de junio de 2025 - Edición Nº2378

Nacional | 30 abr 2025

ARCA anunció modificaciones: nuevas reglas para monotributistas y cambios en el Impuesto a las Ganancias

ARCA implementó importantes modificaciones que afectan a gran parte de los trabajadores.


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció una serie de reformas que impactan directamente en el sistema tributario argentino. Las medidas incluyen siete modificaciones clave en el Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia y varios cambios para monotributistas.

 

Cambios en Ganancias para trabajadores

Mediante la Resolución General 5683 publicada en el Boletín Oficial, ARCA reformó el sistema de retenciones del Impuesto a las Ganancias, con foco en simplificar trámites, actualizar criterios y mejorar el cumplimiento. Estas son las principales modificaciones:

  1. Pago voluntario sin inscripción: Si el empleador no retuvo el total del impuesto, el trabajador podrá ingresar el saldo mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP), sin necesidad de inscribirse ni presentar la declaración anual.

  2. Tres modalidades de presentación:

    • Obligatoria, cuando el empleador no retuvo correctamente.

    • Voluntaria, si el trabajador desea incluir deducciones.

    • Simplificada, cuando se completa el pago mediante VEP.

  3. Declaración informativa por patrimonio: Los trabajadores con rentas brutas iguales o superiores a $150.000.000 deberán presentar una declaración jurada informativa de Bienes Personales al 31 de diciembre de cada año. Este monto se ajustará anualmente según el IPC de octubre.

  4. Exención para adherentes al REIBP: Los empleados que hayan ingresado al Régimen Especial sobre Bienes Personales (Ley 27.743) no estarán obligados a presentar la declaración informativa entre 2024 y 2027.

  5. Nuevo criterio para el Formulario 1359: Los empleadores deberán presentarlo si hubo retenciones incompletas o si las deducciones aplicadas superan ciertos tipo de deducciones, incluso si previamente no era obligatorio.

  6. Prórroga para liquidación 2024: Se extiende el plazo para la presentación de la liquidación anual hasta el 9 de mayo de 2025. El impuesto a ingresar o reintegrar se aplicará con el primer pago posterior al 30 de abril.

  7. Vigencia inmediata: Las nuevas disposiciones rigen desde el 30 de abril de 2025 y aplican al período fiscal 2024.

 


Reformas en el régimen de monotributo

ARCA también implementó cambios significativos que afectan a los pequeños contribuyentes del régimen simplificado:

  1. Recategorización obligatoria semestral: A partir de ahora, la recategorización será obligatoria en enero y julio. La próxima fecha límite es julio de 2025. Quienes no cumplan podrán ser recategorizados de oficio y recibir sanciones de hasta el 50% del impuesto omitido.

  2. Digitalización de remitos: Se implementa el uso obligatorio del remito digital para el traslado de productos. El comprobante, que reemplaza a los formularios en papel, se genera desde el portal o la app de ARCA y queda vinculado a la facturación. Su omisión puede derivar en sanciones, incluidas retenciones de mercadería.

  3. Exención para locadores con hasta dos propiedades: Monotributistas que solo obtengan ingresos por alquileres urbanos de una o dos propiedades —y no tengan otra actividad económica— podrán solicitar una exención del pago mensual. Para acceder al beneficio deberán registrar los contratos ante la AFIP y presentar una declaración jurada especial ante ARCA.

 

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