Por: Redacción enAgenda
El Gobierno nacional derogó el Decreto 2417/1993, que durante más de tres décadas reguló el modo en que los colegios privados sin aportes estatales definían sus aranceles. Con la nueva normativa, las instituciones podrán ajustar sus cuotas y matrículas sin autorización previa, ni obligación de comunicar los aumentos con antelación al Estado.
La medida fue impulsada por el Ministerio de Capital Humano y busca modernizar el marco regulatorio del sector. Según el texto oficial, el sistema anterior “empujaba a las escuelas a fijar incrementos preventivos y desfasados”, basados en proyecciones macroeconómicas inciertas. Con este cambio, el Gobierno apunta a dar previsibilidad a las familias y evitar aumentos desproporcionados.
Hasta ahora, los colegios privados debían informar antes de noviembre el valor de la matrícula y las cuotas del año siguiente. Esa obligación generaba -según el Ejecutivo- una dinámica de aumentos anticipados que terminaban ubicando el costo educativo por encima del promedio de precios de la economía.
En 2024, la inflación general fue del 117,8%, mientras que las cuotas escolares subieron 169%, un incremento 44 puntos superior al promedio. Para el Gobierno, esa diferencia se originó en un esquema que impedía ajustes graduales y empujaba a las instituciones a cubrirse ante la incertidumbre inflacionaria.
Con la eliminación del decreto, las autoridades aseguran que los aumentos podrán ser más realistas y graduales, acompañando la evolución de los costos del sector educativo sin generar saltos abruptos al inicio del ciclo lectivo.
El nuevo régimen rige para los colegios privados sin aportes estatales, un segmento que representa cerca del 6% del total de establecimientos educativos del país, alrededor de 2.000 instituciones distribuidas en todo el territorio nacional.
Estas escuelas ya no deberán presentar sus proyecciones de aumentos ante el Estado antes de comenzar el ciclo lectivo. Sin embargo, seguirán obligadas a informar los nuevos valores una vez que los definan, a través de los canales administrativos correspondientes.
La resolución también instruyó a la Secretaría de Educación a revisar las pautas del Decreto 2542/1991, con el fin de consolidar un marco normativo más equilibrado entre instituciones y familias, y fomentar competencia y transparencia dentro del sistema educativo.
El nuevo esquema permite a los colegios modificar sus cuotas durante el año, siempre que los ajustes estén justificados por incrementos en los costos operativos: salarios docentes, mantenimiento, servicios o insumos.
Ya no existirá un calendario fijo ni autorización previa por parte del Estado. Cada institución podrá definir el momento y la magnitud de los aumentos según su estructura de gastos.
Para las familias, esto significa que el valor mensual de las cuotas podrá variar con mayor frecuencia, aunque los incrementos deberían ser más moderados y proporcionales a la inflación real.
Desde las asociaciones del sector, destacaron que el nuevo marco “brinda mayor previsibilidad y autonomía a las instituciones educativas”, permitiendo planificar inversiones y sostener la calidad en contextos económicos cambiantes.