Por: Redacción enAgenda
El Gobierno de Javier Milei difundió el texto definitivo del proyecto de reforma laboral que enviará al Congreso de la Nación, una iniciativa que introduce modificaciones en vacaciones, indemnizaciones, despidos, convenios colectivos y documentación laboral.
Entre los puntos más relevantes aparece la creación de un nuevo régimen para repartidores y trabajadores de plataformas, un sector que hasta ahora permanecía en una zona gris de regulación.
Por primera vez, el Estado establece un Régimen de Servicios Personales de Reparto y Mensajerías, dirigido a quienes trabajan mediante plataformas tecnológicas.
Los repartidores deberán:
Registrarse en la Administración de Registro y Control de Actividades (ARCA).
Realizar aportes obligatorios y contar con cobertura social.
Informar una cuenta bancaria para recibir pagos.
Cumplir las normas de tránsito y capacitaciones específicas del sector.
El proyecto reconoce derechos puntuales:
La posibilidad de rechazar pedidos sin sanciones indebidas.
El acceso a los motivos de suspensiones o bloqueos en las plataformas.
La percepción del 100% de las propinas, sin intermediación empresarial.
La regulación apunta a ordenar un sector en expansión, con altos niveles de informalidad, rotación y ausencia de estándares mínimos de protección.
El proyecto mantiene el esquema general de la Ley de Contrato de Trabajo y habilita ampliar el período vacacional por acuerdo individual o colectivo.
El empleador deberá otorgar las vacaciones entre el 1° de octubre y el 30 de abril, avisar con 30 días de anticipación y asegurar que al menos una vez cada tres años el descanso ocurra en verano.
Cada tramo fraccionado no podrá ser inferior a siete días.
Se introduce la posibilidad de que empleador y trabajador acuerden la compensación de horas extraordinarias mediante un banco de horas.
Los convenios colectivos podrán calcular promedios de jornada siempre que se respeten 12 horas de descanso diario y 35 horas semanales.
El proyecto habilita sustituir el esquema tradicional de indemnizaciones por fondos o seguros de cese sectoriales, financiados con aportes mensuales patronales.
La base de cálculo no podrá superar tres veces el salario promedio del convenio aplicable, con un piso del 67%.
En despidos sin causa, la indemnización se mantiene en un mes de sueldo por año de servicio.
En sectores esenciales -como salud, energía, transporte, educación, logística, bancos y comercio digital- se fijan servicios mínimos del 75%, y del 50% en ramas estratégicas.
Si la Justicia declara inválido un despido, el trabajador podrá optar entre reincorporarse o cobrar la indemnización agravada, en cuyo caso la empresa deberá pagar salarios caídos y regularizar la relación.
Los recibos de sueldo, planillas de asistencia, certificados médicos y toda la documentación laboral deberán ser digitalizados, con la misma validez que el papel.
La remuneración podrá incluir sumas fijas, variables y beneficios sociales identificados con mayor detalle en los recibos.
Los certificados médicos digitales tendrán plena validez.
La reincorporación requerirá alta médica definitiva, y si fuera parcial, el salario será proporcional a la capacidad recuperada.
El período de prueba para casas particulares se extiende a seis meses.
En el trabajo agrario, se crea un contrato permanente con prueba de ocho meses, durante los cuales la relación puede finalizar sin expresión de causa.
Se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), con un aporte patronal del 3% del salario computable, destinados a cubrir ceses en el sector privado.
El proyecto delimita las responsabilidades en casos de transferencia de establecimientos y subcontratación. La responsabilidad solidaria se limita cuando el empleador verifica la situación legal de la otra parte.
Se incorporan sanciones por pluspetición inexcusable en reclamos judiciales y se establece la obligación de los juzgados de remitir información sobre empleo no registrado.
En materia sindical, el proyecto exige autorización previa para asambleas -tiempo no remunerado-, reduce el crédito horario de delegados a diez horas mensuales y fija infracciones graves como bloqueos o tomas.
La reforma elimina la ultraactividad: una vez vencido un convenio, las condiciones subsisten solo hasta firmar uno nuevo o acordar prórrogas.
La autoridad podrá suspender cláusulas ultraactivas si producen distorsiones económicas.
El proyecto crea el RIFL, un esquema de incentivos por un año para promover empleo registrado mediante reducción de contribuciones patronales.