Por: Ramiro Florio
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó e hizo oficial los valores vigentes para el Monotributo a partir de enero de 2026. No habrá cambios respecto a los topes de facturación y los montos de acuerdo al esquema de diciembre de 2025.
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La actualización incluye las categorías, los topes de facturación anual y los importes mensuales que tendrán que pagar los contribuyentes que estén adheridos al régimen simplificado.
Desde el ARCA informaron que mantendrán los topes de facturación del Monotributo por lo que los contribuyentes no sufrirán cambios de categoría a menos que cambien sus ingresos brutos anuales.
Límites por categorías:
Categoría A: $8.992.597,87
Categoría B: $13.175.201,52
Categoría C: $18.473.166,15
Categoría D: $22.934.610,05
Categoría E: $26.977.793,60
Categoría F: $33.809.379,57
Categoría G: $40.431.835,35
Categoría H: $61.344.853,64
Categoría I: $68.664.410,05
Categoría J: $78.632.948,76
Categoría K: $94.805.682,90
El pago mensual del Monotributo tampoco varía respecto al de diciembre de 2025, el mismo se estima de acuerdo a la categoría a la que pertenece cada contribuyente y el tipo de actividad que desarrolla. En las categorías más altas hay una distinción entre los contribuyentes que prestan servicios y quienes realizan actividades comerciales.
Importes a pagar por cada categoría:
Categoría A: $37.085,74
Categoría B: $42.216,41
Categoría C: $49.435,58 (servicios) / $48.320,22 (comercio)
Categoría D: $63.357,80 (servicios) / $61.824,18 (comercio)
Categoría E: $89.714,31 (servicios) / $81.070,26 (comercio)
Categoría F: $112.906,59 (servicios) / $97.291,54 (comercio)
Categoría G: $172.457,38 (servicios) / $118.920,05 (comercio)
Categoría H: $391.400,62 (servicios) / $238.038,48 (comercio)
Categoría I: $721.650,46 (servicios) / $355.672,64 (comercio)
Categoría J: $874.069,29 (servicios) / $434.895,92 (comercio)
Categoría K: $1.208.890,60 (servicios) / $525.732,01 (comercio)
La recategorización se realiza dos veces por año, la primera es en enero o febrero y la segunda en agosto, es decir, a principio y mitad de año. El contribuyente debe cersiorarse de si sus ingresos de los últimos 12 meses coinciden a los topes de la categoría en la que se encuentra actualmente o si debe subir o bajar de escala en la categorización.
En 2026 la primera recategorización de Monotributo se realizará entre finales de enero y principios de febrero, mientras que la segunda se realizará durante el mes de agosto.
Quienes no registren ninguna variación en sus ingresos no deberán realizar ningún trámite de recategorización ya que deberán mantener su categoría. Quienes superen el tope anual de ingresos brutos de su categoría o quienes queden por debajo, deberan efectuar la recategorización dentro del plazo definido por ARCA.
Para ello, ARCA mantiene el sistema de recategorización simplificada para monotributistas con facturación electrónica y al menos 12 meses completos bajo el régimen. El sistema calcula de forma automática la facturación bruta anual y permite confirmarla o editarla de manera manual si no hay concordancia entre los ingresos y la categoría actual del contribuyente.
Si los topes de dicha categoría son superados y el contribuyente no realiza el trámite, ARCA se encargará de aplicar multas equivalentes al 50% del impuesto integrado y del componente previsional correspondiente a la categoría real, a lo que se le sumarán intereses por las diferencias no pagadas a tiempo.