Por: Redacción EnAgenda
El Gobierno Nacional envió al Congreso el Proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional. Para la administración Milei “la iniciativa constituye un hito en el proceso de recuperación de las Islas Malvinas y un avance legal sin precedentes en la historia de nuestro país”.
El comunicado de la Oficina del Presidente precisa que la nueva normativa se estructura sobre tres pilares: castigar a quienes explotan los recursos naturales de forma ilegítima, generar los incentivos para que cesen esa conducta y dotar al Estado Nacional de herramientas para protegerse frente a amenazas externas.
Para el gobierno la ley de Pino Solanas del 2011 es ineficiente por eso la reemplazan por una más dura que “además de gravar las sanciones penales contra quienes ilegítimamente hacen negocios en nuestro territorio, sus accionistas y proveedores”.
En una segunda instancia se crea el Sistema de Seguridad Nacional regido por un Consejo de Seguridad Nacional.
“La Republica Argentina debe tener un marco normativo integral y coordinado para la defensa de su soberanía y el fortalecimiento de sus capacidades institucionales frente a las amenazas de nuestro tiempo”, indican.
El comunicado cierra con un mensaje a la oposición: “El Presidente invita a toda la dirigencia política a poner una pausa a otras discusiones y darle máxima prioridad y celeridad al tratamiento de este proyecto al tratamiento de este proyecto en el Congreso”.
Los principales puntos que detalla Promanzio:
Creación del Consejo de Seguridad Nacional, presidido por el Presidente e integrado por el jefe de Gabinete; los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía; el titular de la SIDE; y la secretaria de Legal y Técnica. Coordinará las políticas de defensa, diplomacia, economía e inteligencia bajo una única política y estrategia de seguridad nacional.
Creación del Sistema de Seguridad Nacional, que integra diplomacia, economía, defensa, inteligencia, función cibernética, derecho, infraestructura crítica y soberanía. Su alcance incluye territorio, ciudadanos y representaciones argentinas en el exterior, intereses nacionales fuera del país, alta mar, espacio ultraterrestre, ciberespacio y espacio electromagnético.
Creación de un régimen de protección aeroespacial con escalamiento frente a vectores incursores, Tránsitos Aéreos Irregulares (TAI) y Hostiles (TAH). Establece un procedimiento de identificación, advertencia, interceptación y, como último recurso, medidas coercitivas para impedir la continuación del vuelo. Incluye el posible DERRIBO como última instancia.
Nueva definición de Defensa Nacional: protege soberanía, independencia, integridad territorial, autodeterminación e intereses nacionales ante riesgos, amenazas y desafíos externos, estatales o NO ESTATALES, cinéticos o NO CINÉTICOS. Las Fuerzas Armadas deberán estar preparadas para operaciones convencionales, no convencionales y otras operaciones militares distintas a la guerra.
Creación de un régimen de Infraestructura Crítica para proteger instalaciones, redes y sistemas esenciales públicos o privados.
Creación de un régimen de vigilancia y protección marítima, fluvial y lacustre. Distingue Buque de Interés, anomalía, resistencia, inutilización, acto o intención hostil y Buque Hostil. Prevé identificación, intimación, persecución, inspección, advertencias e inutilización; el HUNDIMIENTO queda limitado a una medida militar extrema contra un Buque Hostil, con autorización presidencial, y prohibido contra buques civiles como sanción o para impedir fugas.
Para la explotación ilegal de recursos en Malvinas, prevé multas de entre 4.000 y 500.000 barriles de petróleo y penas de prisión de 5 a 20 años, según la conducta.
Da rango legal al RePET, dentro de la UIF. Los sujetos obligados por el régimen antilavado deberán inmovilizar activos de inscriptos e informar de inmediato a la UIF.