Interés | 14 sep 2021
sin voto no hay trámite
Quienes no votaron y registren deuda quedarán imposibilitados de realizar trámites durante un año
En el artículo 125, el Código Electoral Nacional prevé una multa que va de $50 a $500 para el votante de 18 a 70 años que no se presente a emitir su voto en los comicios federales, y no presente un justificativo dentro de los 60 días hábiles posteriores a la elección.
Si bien el monto en principio no parece una suma de alto impacto, el infractor debe cumplir con el trámite del pago, porque, según precisa el artículo en cuestión, quien no lo haga no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales. Este plazo comenzará a correr a partir del vencimiento de 60 días mencionados renglones arriba.
El trámite para abonar es vía onine. Consta de ingresar al sitio https://infractores.padron.gov.ar./ Desde ahí se deben completar los espacios reservados a los datos personales y se debe ingresar un código de validación. Luego, debe hacer clic en "Generación de boleta de pago de multa". Una vez resuelto, el sistema deriva a un menú de posibles medios de pago.
Con la boleta impresa deben concurrir a la sucursal del Banco Nación más cercana y abonar allí. Luego de realizado el pago, no se precisa hacer ningún otro trámite, ya que la entidad financiera comunica automáticamente a la Justicia Nacional Electoral.