martes 05 de diciembre de 2023 - Edición Nº1826

Opinión | 15 jul 2022

derecho

Ley de matrimonio igualitario: a 12 años de su aprobación

El 15 de Julio del año 2010, en la República Argentina se vivió uno de los días más históricos en relación a la ampliación de derechos humanos.


Por: Lucía Servidio

Con debates serios y otros no tanto, millones de personas en las calles y discursos de odio circulando, miles de personas esperaban una respuesta del Senado de la Nación. Luego de 14 horas de debate fue sancionada la tan esperada ley 26.618, Ley de matrimonio igualitario.

Hoy se cumplen 12 años de la sanción de la Ley, que fue resultado de una extensa lucha de la comunidad LGTBIQ+ y que puso en evidencia la total homofobia en qué vivimos por muchos años, y que, sigue latiendo a pesar de la resistencia. Esta ley es el resultado, por sobre todas las cosas, de la lucha de organizaciones que desde los años 90 presentó proyectos de ley, amparos y fallos judiciales para acceder a la igualdad de derechos ante la ley.

 

Recorrido histórico

-Desde 1888 existe en Argentina la ley de matrimonio civil que permitió que el matrimonio justamente sea legislado por la ley civil y no la religiosa, dándole oportunidad de casarse a quienes no pertenecían a ninguna confesión religiosa. Siempre y cuando sean “hombre” y “mujer”

-En el año 2002 la legislatura de Buenos Aires aprobó una ley que permitia la unión civil entre personas del mismo sexo, aunque no incluía el derecho a la adopción o herencia

-En 2005 la CHA (Comisión Homosexual Argentina) presentó una Ley de Unión Civil ante el Congreso de la Nación que no fue votada

-Finalmente en 2009 comenzó la campaña de concientización que culminó con la aprobación de la ley en 2010.

 

Derecho al matrimonio y a la adopción: Que dice la nueva ley?

 

El Artículo 2° de la nueva ley sustituyó al artículo 172 del Código Civil y quedó redactado de la siguiente forma: “Artículo 172:...El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos, con independencia de que los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo.”

El artículo 16 sustituyó al  326 del Código Civil, y quedó redactado de la siguiente forma: “El hijo adoptivo llevará el primer apellido del adoptante, o su apellido compuesto si éste solicita su agregación…En caso que los cónyuges sean de un mismo sexo, a pedido de éstos podrá el adoptado llevar el apellido compuesto…”

 

La iglesia

Al calor del debate, el entonces cardenal Jorge Mario Bergoglio, se expresó mediante una carta en la que decía “no seamos ingenuos: no se trata de una simple lucha política; es la pretensión destructiva al plan de dios.” colocando su ideología por encima del derecho de miles de personas.

Lo cierto es que los discursos de odio no ganaron, y esta ley fue una puerta que se abrió para que se empiece a apostar por un país que acepte las diferencias, ya que de eso se trata vivir en democracia.

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