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Telegramas laborales: AFIP eliminó la obligación del trámite - En Agenda

INTERéS | 9 SEP 2024

BOLETíN OFICIAL

Telegramas laborales: AFIP eliminó la obligación del trámite

El Gobierno oficializó la medida este lunes, pero el servicio se mantendrá en el sitio web.



A raíz de la reglamentación de la Ley Bases, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de informar con telegramas laborales por intimaciones a empleadores, realizadas por trabajadores o asociaciones sindicales.

 


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La Resolución General 5560/2024 se dio a conocer en el Boletín Oficial de este lunes y suprimió el servicio informático, de tal manera de "mejorar y simplificar" los trámites referidos a la relación laboral.

 

"La Ley 27.742 de “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” adoptó una serie de medidas tendientes a mejorar, simplificar los trámites y agilizar los procesos, entre las cuales, en su artículo 99 procede a la derogación de los artículos 8° a 17 y 120, inciso a), de la Ley 24.013 y sus modificaciones", detalla el documento.

De todos modos, se mantendrá el servicio informático que "contiene la imagen digitalizada y los datos de la comunicación laboral enviada por los trabajadores a su empleador" en el sitio web, de tal manera de permitir el acceso a los datos históricos de registración.

 

Cabe señalar que la Ley Nº 24.013 -Ley Nacional de Empleo- determinó en su artículo 11 que los trabajadores o las asociaciones sindicales correspondientes tenían que enviar al empleador una intimación formal para regularizar relaciones laborales no registradas.  En ese sentido, los empleadores debían remitir ese telegrama laboral a AFIP dentro de las 24 horas hábiles siguientes.