La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió este lunes dejar sin efecto el fallo que habilitaba a Cristina Fernández de Kirchner a votar en las elecciones legislativas de octubre. De esta manera, la expresidenta quedó excluida del padrón electoral debido a la inhabilitación que pesa sobre ella por la condena en la causa Vialidad.
El tribunal electoral revocó la decisión de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, quien a principios de agosto había declarado inconstitucionales los artículos 19 inciso 2° del Código Penal y 3 inciso “e” del Código Electoral Nacional para permitir que Cristina pudiera sufragar.
El Código Penal establece que la inhabilitación perpetua recibida por la exmandataria implica la “privación del derecho electoral”. A su vez, el Código Nacional Electoral dispone la exclusión del padrón de “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, por el término de la condena”.
La Cámara coincidió con el dictamen del fiscal nacional electoral, Ramiro González, quien ya había advertido que solo el Congreso Nacional tiene potestad para regular el derecho al voto de los exfuncionarios condenados e inhabilitados.
La jueza Borruto había considerado que existían precedentes judiciales que avalaban la inclusión de Cristina Kirchner en el padrón. Sin embargo, el fiscal Julio César Zárate apeló esa decisión, al sostener que las sentencias invocadas no eran aplicables al caso.
La Cámara recordó que en 2016, en el caso conocido como Procuración Penitenciaria, se declaró la inconstitucionalidad de ciertas restricciones automáticas al derecho a voto de personas con condena penal. No obstante, en esa misma resolución se aclaró que el Congreso podía justificar la inhabilitación en delitos graves como corrupción, lavado de dinero, crimen organizado, malversación de fondos públicos o defraudación contra la administración pública.
Con este fallo, la CNE ratificó que Cristina Kirchner no podrá votar en las elecciones legislativas del 26 de octubre de 2025. El tribunal subrayó que no es posible aplicar una habilitación genérica y que cualquier excepción debe darse a partir de un pedido concreto del interesado o del Ministerio Público.
La decisión supone un revés judicial para la expresidenta, que enfrenta la imposibilidad de ejercer no solo cargos públicos, sino también derechos políticos básicos mientras cumpla la condena dictada en la causa Vialidad.