El Gobierno de Argentina avanzó con la regulación del mercado de vapeadores y productos de nicotina, al reemplazar el esquema de prohibición por un sistema de control sanitario y fiscalización.
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La medida fue oficializada por el Ministerio de Salud de la Nación Argentina mediante la Resolución 549/2026, que establece la creación de un registro obligatorio para estos productos y fija nuevas condiciones para su comercialización.
Uno de los ejes centrales es la puesta en marcha del Registro Nacional de Productos de Tabaco y Nicotina (RNPTN), que permitirá clasificar dispositivos, monitorear su uso y ajustar la regulación en base a evidencia científica.
La normativa incluye a cigarrillos electrónicos, vapeadores, dispositivos de tabaco calentado, líquidos para vaporización y bolsas de nicotina dentro de la Ley N° 26.687, por lo que deberán incorporar advertencias sanitarias, evitar diseños atractivos para menores y no podrán utilizar imágenes engañosas o celebridades.
Además, se restringen los sabores: solo se permitirán variantes de tabaco, y mentol en el caso de las bolsas de nicotina, mientras que quedan prohibidos los dispositivos descartables precargados, considerados de alto atractivo para adolescentes.
Desde el Ejecutivo justificaron la decisión en el crecimiento del consumo, especialmente entre jóvenes, donde los vapeadores registraron una alta prevalencia en el último año. En ese marco, señalaron que el objetivo es reducir riesgos, mejorar la trazabilidad y combatir la comercialización ilegal.
La resolución también fija exigencias técnicas para fabricantes e importadores, que deberán registrar cada producto, informar su composición y detallar datos de ventas y consumo. La inscripción tendrá una vigencia de cinco años y será renovable.
Con este esquema, el Gobierno busca reforzar la capacidad de control estatal sobre un mercado en expansión, en línea con regulaciones adoptadas en otros países y con foco en la protección de la salud pública.