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ANMAT prohibió la venta de una marca de fideos: cuál es - En Agenda

INTERéS | 22 NOV 2022

QATAR 2022

ANMAT prohibió la venta de una marca de fideos: cuál es

ANMAT prohibió la comercialización de una marca de fideos secos



A través de una denuncia realizada en Neuquén, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de una marca de fideos por errores de rotulado. Se trató de una notificación de la Dirección de Bromatología de la ciudad de Tricao Malal luego de percibir que los fideos tenían una doble fecha de vencimiento en el packaging

 

 

La investigación continuó y el organismo que aprueba los alimentos descubrió que en el empaquetado figuraba una dirección incorrecta sobre el sitio donde se fabricaba el producto, luego de una consulta al Departamento de Nutrición e Higiene de los Alimentos de Mendoza.

 

El producto indicaba en el rótulo que era proveniente de la ciudad de San Rafael, Mendoza. Al consultar con el Departamento de Nutrición e Higiene de los Alimentos de dicha provincia, se conoció que la razón social GRUPO SABE S.A.I.C., con domicilio en la calle CHUBUT 199 de San Rafael, fue dado de baja por solicitud de la empresa, al igual que todos los RNPA de los cuales la marca Don Emilio era titular en su momento. También, indicaron que en el mencionado domicilio funciona otro establecimiento el cual cuenta con RNE y RNPA vigentes desde 05/01/2021 y se dedica a otra actividad y rubro.

 

Como se trata de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio nacional. Esa es la razón de la prohibición.

 

“A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento”, fundamentaron en la disposición. “Dado que exhibe números de RNE y RNPA dados de baja, y se encuentra falsamente rotulado al indicar doble fecha de vencimiento, resulta ser en consecuencia un producto ilegal”, cerraron.