En una jornada marcada por protestas en las inmediaciones del Congreso, el Senado convirtió en ley la reforma laboral impulsada por el presidente Javier Milei. El proyecto, que ya había sido aprobado con modificaciones en Diputados, redefine aspectos centrales del régimen laboral argentino: indemnizaciones, período de prueba, vacaciones, aportes sindicales, jornada laboral y formalización del empleo.
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El artículo más polémico -que modificaba el pago de licencias por enfermedad- fue eliminado durante el debate. Sin embargo, el resto del paquete introduce cambios estructurales.
Estas son las 20 claves de la nueva ley.
Se habilita una organización de la jornada que puede alcanzar hasta 12 horas diarias, siempre que se respeten 12 horas consecutivas de descanso entre jornadas.
Se crea el “banco de horas”, que permite compensar horas extras con días de descanso en lugar de pago adicional. Debe acordarse por escrito y respetar los límites legales.
Se mantiene el período general entre octubre y abril, pero empleador y trabajador podrán acordar fechas distintas.
Se permite dividir el período vacacional en tramos de al menos siete días consecutivos.
La base excluye aguinaldo, vacaciones y premios no habituales. Solo se toma la remuneración mensual, normal y habitual.
Las indemnizaciones y créditos laborales se ajustarán por el IPC del Indec más un 3% anual.
La norma establece que la indemnización será la única compensación derivada del despido sin causa.
Se crea un fondo para cubrir costos de desvinculación. Grandes empresas aportarán 1% y MiPyMEs 2,5% de las remuneraciones, con posibilidad de aumento.
Los convenios colectivos podrán establecer sistemas de capitalización individual que reemplacen la indemnización tradicional.
Se amplía a seis meses y hasta ocho en empresas de hasta cinco empleados. Durante ese lapso no hay indemnización por antigüedad.
Incluso en período de prueba, el empleador debe registrar al trabajador y pagar aportes.
Se eliminan las sanciones de la Ley 24.013. Quien regularice no pagará multas, pero sí deberá abonar diferencias salariales y previsionales.
Se reducen las contribuciones patronales: un punto para grandes empresas y 2,5 para MiPyMEs.
Las grandes empresas podrán pagar condenas laborales en hasta seis cuotas; las MiPyMEs hasta doce.
Se habilita el pago en pesos o moneda extranjera y una parte en especie, por acuerdo.
Podrá pactarse un esquema vinculado a productividad o desempeño, en convenios o a nivel empresa.
Ganan peso los convenios por empresa frente a los sectoriales y se limita la ultraactividad automática.
Se amplía el listado de actividades esenciales -como telecomunicaciones, comercio y educación- donde deberá garantizarse al menos el 75% del servicio.
Los aportes patronales a cámaras empresarias no podrán superar el 0,5% y serán voluntarios desde 2028. Para trabajadores, el tope será 2%.
El registro ante ARCA será suficiente para acreditar la relación laboral. El salario deberá pagarse exclusivamente por vía bancaria, sin billeteras virtuales.
Con estos cambios, la reforma laboral redefine el esquema de contratación, desvinculación y organización del trabajo en el sector privado. La aplicación efectiva dependerá ahora de la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo en las próximas semanas.